Cuando se realiza una obra vial, la mitad del trabajo es construir el camino, mientras que la otra mitad consiste en señalizar adecuadamente para la seguridad de quienes lo transitan. Aprende en qué consiste la NOM sobre Señalización y Dispositivos Viales, a continuación.
La actual Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos generales que han de considerarse para diseñar e implantar el señalamiento vial de las carreteras y vialidades urbanas de jurisdicción federal, estatal y municipal.
El señalamiento horizontal y vertical de carreteras y vialidades urbanas se integra mediante marcas en el pavimento y en las estructuras adyacentes; tableros con símbolos, pictogramas y leyendas, así como otros elementos, constituyendo un sistema que tiene por objeto delinear las características geométricas de las vías públicas.
Esto para denotar todos aquellos elementos estructurales que estén instalados dentro del derecho de vía; prevenir sobre la existencia de algún peligro potencial en el camino y su naturaleza; regular el tránsito señalando la existencia de limitaciones físicas o prohibiciones reglamentarias que restringen su uso.
La NOM tiene como objetivo guiar oportunamente a los usuarios a lo largo de sus itinerarios, indicando los nombres y ubicaciones de las poblaciones, los lugares de interés y las distancias en kilómetros, e informando sobre la existencia de servicios o de lugares de interés turístico o recreativo, transmitiéndoles indicaciones relacionadas con su seguridad y con la protección de las vías de comunicación,
Para regular y canalizar correctamente el tránsito de vehículos y peatones, y con el propósito de facilitar que los usuarios comprendan esas indicaciones, dicho sistema debe ser uniforme en todo el territorio nacional, para disminuir la ocurrencia de accidentes. Esta Norma es de aplicación obligatoria en:
- Las carreteras y vialidades urbanas federales
- Las carreteras estatales y municipales
- Las vialidades urbanas que sirvan de enlace entre las carreteras federales, estatales y municipales
- Las vialidades urbanas que cruzan a nivel con vías férreas, así como las que comuniquen a las terminales federales de autotransporte de pasaje o de carga, a los aeropuertos y aeropistas, a las estaciones ferroviarias, a los puertos marítimos, a los puertos fronterizos, a los parques industriales, a los destacamentos militares, de la Policía Federal, de la Cruz Roja Mexicana y a las instalaciones de protección civil.
- Las vialidades urbanas del Distrito Federal
- Otras vialidades urbanas que las autoridades estatales y municipales así lo establezcan.
En VISE somos expertos en la construcción de vialidades, desde carreteras, libramientos y hasta pistas de aeropuertos. #TodoesPosible{{cta(’77f430ad-1ccb-459b-9361-3728f0c354d4′)}}
Referencias:
- NOM-086-SCT2-2015, Señalamiento y dispositivos para protección en zonas de obras viales. (s. f.). SEGOB. Recuperado 6 de abril de 2022, de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5442475&fecha=24/06/2016